PantallasAmigas y el énfasis en la promoción de la cultura de la privacidad
Desde que naciera en 2004, PantallasAmigas adoptó el lema “Por un uso seguro y saludable de las Tecnologías por parte de la infancia y la adolescencia”. Fue en 2009 cuando incorporó un segundo objetivo “Por una ciudadanía digital responsable” sumando de esta manera un enfoque de derechos y deberes, de convivencia y de corresponsabilidad que es exigible al convertirse el contexto digital un espacio de socialización de primer orden. El abordaje de la cuestión no es desde un simple punto de vista de protección de la infancia sino desde una visión integral de la defensa de los derechos de la niñez que incluye, además de protección, promoción y participación. También, desde sus inicios, definió claramente sus señas de identidad que cuentan con cinco ejes fundamentales:
En este marco surge una característica de la labor de PantallasAmigas que es la preocupación específica por el fomento de la cultura de la privacidad. Esta intensa área de actuación tiene como origen la relevancia de la temática dado que la privacidad es tanto un derecho como un factor de protección.
Privacidad como derecho
A finales de 2013, la Asamblea General de la ONU adoptó una resolución en la que defiende el derecho a la privacidad y llama a los Estados miembros a poner fin a las actividades que violen este “principio de la sociedad democrática”. En el texto se recogió la solicitud a la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos para que elaborara un informe sobre la protección y la promoción del derecho a la privacidad en el contexto de la vigilancia nacional y extraterritorial. Ya el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que el derecho a la vida privada es un derecho humano. También se hace referencia al derecho a la autoprotección en la era digital cuando menciona que “la protección no sólo tiene que ser jurídica ni policial, sino que debemos capacitar a los ciudadanos para que sepan también autoprotegerse y proteger la privacidad de los demás”.
Por otro lado, las sociedades actuales establecen como individuos sujetos a medidas de especial protección a los menores de edad y las personas incapaces por su situación de especial vulnerabilidad.
Por último, atendiendo a la Convención de los Derechos del Niño (CDN) se debe citar el “interés superior del niño” que actúa como un derecho, un principio y una norma de procedimiento y que en síntesis simplificada insta a priorizar el bienestar de niñas, niños y adolescentes cuando su garantía entre en conflicto con otros intereses.
Así pues, la privacidad de las personas menores de edad en Internet es una cuestión capital, un derecho que debe ser objeto de especial atención.
Privacidad como factor de protección
Sin duda, una persona es tanto más vulnerable cuanta más información se conoce de ella. Esto, llevado al contexto digital donde infligir daño a alguien es demasiado sencillo, inmediato y a menudo queda impune, se vuelve un aspecto crítico. Esa asimetría de poder que ya se da entre víctimas y victimarios en Internet se ve acentuada por la balanza de la privacidad que, casi siempre, se inclina en favor de quien causa daño. Así, mientras el agresor puede recurrir al anonimato, la suplantación o la impostura para esconder su identidad, la víctima no puede sino vivir su vida online en nombre propio y, por desgracia, sin control pleno sobre lo que de ella se conoce.
Causar daño a una persona online es demasiado sencillo (mensajes amenazantes, calumnias e injurias, bulos, difamaciones…) y el daño puede ser más intenso y sibilino cuanta más información se conozca de la víctima del hostigamiento. Así pues, el trabajo por una Internet más segura pasa también por reducir las posibilidades de victimización y la intensidad del daño y esto, necesariamente, va ligado a una gestión efectiva y consciente de la privacidad y los datos personales.
Privacidad en riesgo
La pérdida de privacidad de la ciudadanía puede analizarse desde muy distintos aspectos. Siendo un tema amplio que va desde el control, la fusión y el intercambio de informaciones entre administraciones públicas o grandes empresas hasta el Internet de las cosas, nos podemos centrar en el día a día a pie de calle.
¿Por qué ha sufrido tanta merma nuestra privacidad? Simplificando, podemos decir que depende de la información que sea creada, conservada, enriquecida (en tanto que dotada de valor añadido y mayor significación) y transmitida o publicada.
Más información creada: la generación de información personal es permanente y en demasiadas ocasiones inconsciente. Se puede pensar tanto en una imagen personal posteada y etiquetada como en la geolocalización que de forma permanente pudiera estar capturando nuestro celular, pasando por la compra electrónica de un producto o servicio. Es significativo que todos llevemos encima, integrada en el smartphone, una cámara de fotografía y vídeo.
Más información conservada: el almacenamiento de información digital ha sufrido una revolución permanente con una reducción del precio de la unidad de almacenamiento y amplia diversidad de tecnologías y dispositivos cada vez más versátiles. En pocos años hemos pasado de llevar una fotografía de papel de algún familiar en la cartera a llevar en el celular decenas de imágenes y vídeos de personas conocidas o incluso desconocidas.
Más información enriquecida: en gestión de información, los datos interrelacionados multiplican su valor. Las tecnologías actuales permiten realizar una explotación de la información que, mediante nexos, evidencias o supuestos, logra obtener nueva información derivada de alto valor añadido muy superior a la suma de datos agregados.
Más información transmitida/publicada: al margen de lo que las grandes corporaciones o los servicios públicos pudieran realizar (limitados por la legislación y las prácticas de autorregulación) es evidente que somos las personas quienes en muchas ocasiones compartimos la información. Cada vez es más fácil, cómodo, inmediato y barato hacerlo… y se hace en exceso, atendiendo en demasía a intereses comerciales que nos invitan a “compartir la vida”.
En conclusión ¿está la privacidad en peligro de extinción? Desde luego, ya no es la misma privacidad que antes de la proliferación de celulares, ni ésta última comparable a la existente antes de la llegada de Internet a los hogares. Las redes sociales por su lado, colocando a los usuarios como creadores y consumidores de información personal, marcaron sin duda un punto de inflexión que se ha acentuado con la normalización de los smartphones que facilitan pero también digitalizan nuestra vida…y, literalmente, nuestros pasos.
Educación tradicional para la privacidad en Internet
Ha venido siendo habitual en la concienciación de la población, especialmente en el caso de los adolescentes, la realización de campañas donde la sensibilización sobre la protección de los datos personales se centraba en dos aspectos. Por un lado, la configuración de privacidad de las redes sociales y, por otro, la identidad y la reputación digital. En ambos casos la intención se focaliza en limitar la difusión personal de información y reflexionar sobre el efecto de la misma a largo plazo. También, más recientemente, se habla de proteger el celular con contraseña y atender lo que se publica de otras personas cuando les puede hacer daño. De alguna manera parece que el peso de la privacidad recae sobre uno mismo y que es ese su único marco de actuación.
Gestión de la privacidad en redes sociales
Acotando, a modo de ejemplo, el fenómeno al ámbito de las redes sociales, en PantallasAmigas consideramos que la privacidad propia depende de tres factores fundamentalmente: de lo que publicamos de nosotros mismos y cómo lo hacemos (restringido, público…), de dónde lo publicamos (en qué plataforma y la manera en que la misma trata esa información) y, sobre todo, de las demás personas. Un ejemplo muy ilustrativo es el de las etiquetas en las fotografías de redes sociales. Con independencia de quién haya publicado la imagen, si alguien pone etiquetas vinculando cada persona que aparece en la foto con una identidad en la red social el efecto es multiplicador porque la propia plataforma social se encarga de comunicar a la comunidad que existe una imagen en la que aparecen determinados usuarios (y toda la información que en la misma va incluida de forma más o menos explícita). Así pues, de los tres factores que modulan la privacidad (qué y cómo se publica, dónde y el resto de las personas) se aprecia que los más relevantes son aquellos que no podemos gestionar. Cabría pensar que tenemos la capacidad de elegir en qué plataforma publicamos y que además podemos conocer con certeza cómo gestiona a diferentes niveles, micro y macro, esa información pero la realidad es que no, no en la práctica. Ni podemos elegir ni podemos asegurar que conocemos los efectos de las cambiantes normas de privacidad de las redes sociales.
Por su relación con el asunto, cabe denunciar que las etiquetas en las redes sociales son un atentado directo y claro contra la privacidad en tanto que la plataforma debería solicitar permiso expreso y previo a la persona que está siendo etiquetada antes de exponer la imagen y anunciar su existencia. ¿Con qué derecho alguien te identifica en una imagen –y lo que supone de contexto y datos adicionales- asignando un conjunto de puntos de luz con tu identidad? ¿Y desde qué punto de vista ético la red social lo permite, promueve y divulga?
Coprivacidad
La frecuente alusión a la privacidad como cuestión personal queda algo distante de nuestro día a día actual. Vivimos en una sociedad interconectada con personas hiperconectadas donde la actitud por defecto, el impulso, es compartir. Las y los adolescentes, pero cada vez más las personas jóvenes y adultas, lo hacen de manera irreflexiva, insistente y compulsiva. Es lo que en ocasiones se ha ligado con términos como extimidad u oversharing. Sin embargo, muy frecuentemente lo que es compartido afecta a la privacidad de terceras personas. Compartir la vida fuera de la Red significa hoy, necesariamente, compartirla también online y a partir de aquí la privacidad es un reto delicado. Es por ello que la privacidad deja de pertenecernos, de estar bajo nuestro dominio y pasa a ser un patrimonio de gestión colectiva; hablamos de coprivacidad. El fomento del valor y la cultura de la privacidad y la intimidad debe hacerse desde esta concepción de coprivacidad fundamentalmente, como un ejercicio consensuado, consciente y responsable de la privacidad propia, de la ajena, y de la compartida y no tanto como un ejercicio individual. Por supuesto que es importante saber qué se publica sobre uno mismo, cómo se hace y dónde se hace, pero sin duda lo fundamental está fuera de nuestra esfera de decisión, en las demás personas. Así, la privacidad se convierte en un ejercicio de derechos y deberes para la ciudadanía digital.
Ciberseguridad y privacidad
Reforzando el planteamiento de la privacidad como una cuestión colectiva se puede entender y asociar con la ciberseguridad. Por un lado, privacidad y ciberseguridad son conceptos relacionados puesto que no existe información con garantías de mantenerse en privado si no existe certeza de que está a salvo, segura. Por otro lado, la ciberseguridad es un asunto a gestionar e impulsar de manera comunitaria porque un entorno es tanto más seguro cuanto mayor lo es cada una de sus partes o componentes. Si vivimos en conexión, no podemos tener un buen nivel de ciberseguridad existiendo eslabones que no observan principios básicos para la misma.
Fomento de la cultura de la privacidad, México y convenio con el INAI.
Como se ha mencionado, a lo largo de estos trece años de trabajo (2004-2017) el impulso a la cultura de la privacidad ha sido una constante por parte de PantallasAmigas. Algunos de los frutos de esta actividad pueden ser utilizados por las familias y los centros escolares en tanto que son recursos didácticos interactivos disponibles online por medio de la página www.proteccionprivacidad.com Otra actividad intensa ha sido la producción de episodios animados que mueven a la reflexión sobre la protección de los datos personases y la imagen desde diferentes perspectivas. Estas animaciones se encuentran disponibles en el canal de YouTube de PantallasAmigas que, con vocación global, tiene su mayor audiencia en México con el creciente 28% de las visualizaciones alcanzando una media de 700 vídeos/hora.
Por ambos motivos, el énfasis en privacidad y amplio reconocimiento entre la población mexicana, y con el fin de incidir aún más en el fomento de la cultura de la protección de datos personales, el 27 de enero de 2016 PantallasAmigas e INAI firmaron un acuerdo de colaboración.