I. Opciones legales de denuncia frente al Grooming
El primero de junio de este año fue aprobada la idea de legislar sobre el grooming por amplia mayoría en el Senado chileno. La aprobación del proyecto de ley, “introduce modificaciones al Código Penal para sancionar la seducción de menores y otros abusos contra menores por medios virtuales”, con lo cual será posible denunciar directamente el delito según su tipificación
1. Tipificación del grooming como delito:Intercálese como inciso segundo en el artículo 366 quáter del Código Penal modificado por la Ley 19.927:
“El que a sabiendas de que trata con un menor, mayor o menor de 14 años, por medios electrónicos a distancia lo sedujere o intentare seducir con fines de connotación sexual, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo”. (3 años y un día a 5 años de condena).
“El que a sabiendas de que trata con un menor de edad, por medios electrónicos a distancia lo indujere a la realización de manifestaciones sexuales y, a partir de aquello, lo intente obligar a realizar conductas por vía de amenazas, será sancionado con presidio mayor en su grado mínimo a medio” (de 5 a 10 años de condena o, de 10 y un día 15 años).
2. Penalizar la visualización de material pornográfico infantil a través de Internet
Intercálese en el artículo 366 quinquies del Código Penal modificado por la Ley 19.927 el inciso segundo:
“El que visualice material pornográfico en el que participen menores de 18 años, a sabiendas, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio” (es decir, de 541 días a 3 años de cárcel).
Mientras tanto al no contar con la ley, la PDI señala que actualmente existen tres opciones legales de denunciar:
1. Si el menor ha sido víctima de agresiones psicológicas y/o físicas se puede denunciar por lesiones.
2. Si el menor está siendo amenazado se puede denunciar por amenazas.
3. Si hay difusión de fotografías o videos publicados sin autorización se puede denunciar por intromisión en la vida privada, según lo establece el código penal.
¿Cómo actúan los acosadores y cómo son las víctimas?
Los acosadores:
1. Toman contacto con niños y adolescentes, accediendo a los canales de chat.
2. Ingresan cambiando su identidad, sexo y edad, aparentando ser menores de edad o simplemente adultos bien intencionados.
3. Prometen regalos con el fin de ir estableciendo mayores grados de compromiso en la relación. Algunos incluso suelen concertar citas directas con las potenciales víctimas, para luego abusar sexualmente de ellos.
4. Tratan de concertar una videoconferencia, buscando establecer una amistad. El objetivo es mantener una relación sexual virtual y obtener imágenes que luego usan para extorsionar a los niños consiguiendo “más” y manteniendo la relación de abuso.
Las víctimas
En general, las victimas son: Niños y niñas de entre 12 y 14 años de edad. De cualquier nivel socioeconómico Con baja comunicación y baja confianza en sus adultos cercanos. Consumen Internet más de dos horas diarias.
Aun que no se conocen estudios empíricos, se presume que a nivel psicológico poseen: Baja autoestima Su relación con el mundo adulto es más bien subordinada a la autoridad „ Introvertidos.
En general los abusadores son
¨Hombres o mujeres adolescentes indistintamente ¨ Pertenecientes al grupo curso de la víctima ¨ Rendimiento bajo o mediocre ¨ Con problemas de conducta ¨ Impulsivo ¨ Con bajo nivel de empatía ¨ Altos niveles de ansiedad e inseguridad ¨ Culpan a la victima
Consecuencias psicológicas del grooming
Las consecuencias del grooming son tan complejas y serias como las del abuso sexual practicado en persona. síntomas psicosomáticos, miedos, fobia, terrores nocturnos, enuresis, anorexia, conductas autodestructivas, psicodependencias, auto mutilación, e incluso el suicidio. En el área psicológica, aparecen síntomas como fugas o bloqueos emocionales, trastorno de la identidad sexual, crisis de rabia, desinterés y pérdida de la curiosidad. Los mecanismos de defensa utilizados para reducir o evitar el recuerdo y sufrimiento, asociado a los actos abusivos vivenciados, le llevan a reducir su contacto con el mundo exterior.
¿Dónde denunciar?
Policía de Investigaciones de Chile: Fono 134
Brigada del Ciber Crimen: 696-0565 / email: consultas@cibercrimen.cl
Carabineros de Chile: Fono 133
SENAME posee una línea gratuitta de atención las 24 horas: 800 730 800.
Fuente: divergente-ideas.blogspot.com