Escarlata Gutiérrez Mayo, fiscal adjunta contra la criminalidad informática de la Fiscalía Provincial de Ciudad Real, protagonizó el episodio «Ciberdelitos, qué son y cómo prevenirlos». Forma parte de las 25 mujeres expertas destacadas en sus diferentes ámbitos de especialización.
El podcast de PantallasAmigas es un programa sobre educación, ciudadanía y bienestar digital conducido por Begoña Beristain.
Transcripción del episodio
Educación, ciudadanía y bienestar digital, un podcast de PantallasAmigas, presentado por Begoña Beristaín.
Begoña: Hola, ¿qué tal? Bienvenidos, bienvenidas, vamos con un nuevo episodio del podcast «Educación, Ciudadanía y Bienestar Digital», promovido por PantallasAmigas. Hoy nos vamos a centrar en la criminalidad informática, y lo vamos a hacer con Escarlata Gutiérrez Mayo, es Fiscal adjunta a las secciones contra la criminalidad informática de la Fiscalía Provincial de Ciudad Real. Ella misma se define como una fiscal de trinchera porque dice que es así como se conocen en el mundo judicial a los profesionales jurídicos que batallan cada día en los juzgados contra la falta de medios y la carga de trabajo. A través de su trabajo precisamente, y también del uso que hace de las redes sociales como Twitter o Instagram, se ha convertido en una de las grandes divulgadoras de lo que es el Ministerio Fiscal y la aplicación de la ley, merece un trabajo constante, permanente. En este nuevo episodio de «Educación, Ciudadanía y Bienestar Digital» vamos a abordar con Escarlata Gutiérrez los ciberdelitos más comunes, así como el papel de los y las adolescentes como delincuentes. Nos fijamos habitualmente en la parte en la que los adolescentes son victimizados, pero también cometen delitos, ya sea consciente o inconscientemente, o por ignorancia, imprudencia, inexperiencia o incluso por impulso. Escarlata ha sido la coordinadora de la guía «Collects» sobre delitos informáticos. Un trabajo que nos va a ayudar a poner sobre la mesa la situación de esos delitos que tienen como elemento común el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación. Escarlata Gutiérrez Mayo, ¿qué tal? Bienvenida.
Escarlata: Hola, Begoña. Muchas gracias por la presentación y por la invitación a la entrevista.
Begoña: Gracias a ti por estar con nosotros y por dedicarnos este tiempo, que sabemos que lo tienes muy, muy escaso, porque estás haciendo un muy buen trabajo. No solo para prevenir y para afrontar los delitos, sino también para divulgar todo esto. Por donde vamos a empezar nosotros. Algo que, como decíamos, está todo muy bien recogido en esa Guía «Collects». Pero lo primero que queremos saber, Escarlata, es qué son y qué no son delitos informáticos.
Escarlata: Pues los delitos informáticos no vienen tal cual en un capítulo o en un título del Código Penal que diga «delitos informáticos», como pueden ser los delitos contra el honor, contra la integridad física, etcétera. Sino que están diseminados a lo largo de todo el Código Penal, porque el delito informático, o el que denominamos delito informático, es el que se comete utilizando las TIC, es decir, estas tecnologías de la información y la comunicación. Entonces, es una herramienta que se utiliza para cometer un delito que ya está previsto en algún tipo del Código Penal. En el libro se recogen algunos de los más comunes o de los que más hemos podido utilizar, si bien no tiene nada que ver con los que luego se… quiero decir, pueden ser de diferentes tipos y estar en diferentes partes del Código Penal. Pero lo que les une, por decirlo de alguna manera, es esa herramienta comisiva. Y eso genera una serie de peculiaridades a la hora de ver si la conducta encaja en el tipo. Por ejemplo, un quebrantamiento de la prohibición de comunicación que se comete utilizando un estado de Whatsapp. ¿Eso es envío a la víctima?, ¿no es envío?, tenemos que ver. También tiene una serie de peculiaridades a la hora de investigar estos delitos. Porque a veces hay supuestos, pues, de anonimato, de dificultad para poder identificar a los autores, y en tercer lugar, tiene también una serie de peculiaridades a la hora de aportar la prueba al proceso, que sería esa prueba digital. Entonces, por eso se denominan delitos informáticos, pero no vienen tal cual en una parte específica del Código Penal.
Begoña: ¿Están diseminados?, como nos dices, ¿lo pone más difícil, a la hora de dictarlos o incluso de castigarlo?
Escarlata: No, teóricamente, esa no es una dificultad. Lo que sí que es necesario, en mi opinión, es cierta especialización de los operadores jurídicos, porque a veces tiene un componente técnico. También es importante tener un cierto dominio de cómo se utilizan, por ejemplo, las redes sociales, que es una de las cosas que más he estudiado. Porque no todo el mundo conoce el funcionamiento de cada red social. Y para determinar si una conducta encaja en el tipo o para impugnar una prueba digital, es interesante conocer el funcionamiento de estas redes. Entonces, la especialización creo que es necesaria para conocer y perseguir mejor estos delitos, pero el hecho de que estén diseminados no tiene por qué ser un problema si el operador jurídico sabe detectarlos y determinar si encajan en el tipo.
Begoña: ¿Y hay suficientes operadores jurídicos preparados para esto? Porque, mira, esto es algo que nos preocupa, ya que observamos que muchas veces en las familias, incluso en las personas adultas, muchas veces no identifican cosas que sus hijos e hijas hacen en las redes sociales. En el mundo de la docencia, lo mismo. En el mundo judicial, ¿también está pasando? ¿Se necesita un impulso grande para que haya más operadores y operadoras que puedan enfrentar estos delitos?
Escarlata: Sí, creo que sí. Dentro del mundo de la administración de Justicia, los fiscales estamos especializados, ya que estamos divididos por especialidades. Esto no solo ocurre en el caso de la criminalidad informática, sino también en otras materias como delitos medioambientales o violencia de género, entre otras. Nosotros somos operadores jurídicos que estamos especializados. Entonces los jueces, no están especializados en penal por materias pero puede haber abogados que sí lo estén. Creo que avanzar en la formación y especialización en este ámbito es muy importante. Si uno no está especializado, puede estudiar el caso a fondo o solicitar ayuda a la Policía Judicial que tienen a peritos informáticos. Es fundamental conocer bien estos delitos para poder llevar los casos adelante.
Begoña: ¿Y la ciudadanía es consciente de la existencia de estos delitos? Cosas que hacemos, muchas veces a través de de Internet o en las redes sociales pueden tener consecuencia, o todavía pensamos que como no lo vemos y no lo tocamos, es algo que bueno que te pillen en esto es muy difícil.
Escarlata: Sí, yo creo que es verdad que en las redes parece que todo vale, ¿no? Y que todo se queda ahí diluido. Y lo hemos visto incluso con insultos, calumnias que ha podido haber en las redes, que la gente lo echa y dice, bueno, esto cómo es Internet aquí todo vale, pues no, no todo vale y yo creo que cada vez la gente va tomando más conciencia. Ahora las sentencias del Tribunal Supremo o del Tribunal de jurisprudencia menor que se denomina o de audiencias provinciales o juzgados de lo Penal, van teniendo cada vez más difusión. Yo con los hilos que hago. Muchas veces tiene una difusión brutal, ¿no? que no solamente es para juristas. Entonces yo creo que el derecho está ya más cercano a los antes. Las sentencias antes no eran noticia, yo no recuerdo que las sentencias fueran noticia y cada vez más son noticia. Entonces, eso sí que provoca que cada vez haya mayor conciencia, pues el 197.7 este reenvío de fotos que se reciben de carácter íntimo, que las recibes con consentimiento pero no lo tienes para reenviarlo. Eso ya hay bastante conciencia porque se ha hecho mucho hincapié en las sentencias que han condenado en esos casos. Eso antes sí que estaba completamente diluido. Sí que a lo mejor en el caso como comentas tú y que comentaremos de menores de edad, hay que hacer una educación extra y en muchos casos el tema es que los padres no conocen estas herramientas. Entonces, claro, prohibir la solución no es, porque no se puede poner puertas al campo, entonces sí que es necesario tener una educación digital que a lo mejor los padres no la tienen, pues la tienen que intentar obtener de alguna manera, porque si no es complicado que los hijos la reciban porque el hecho de que sepan manejar a nivel técnico un dispositivo electrónico no quiere decir que conozcan los riesgos, las consecuencias que puede haber en Internet, eso se lo tenemos que dar a conocer nosotros, ¿no? Bueno, sin perjuicio de que lo reciban en el centro educativo, pero en casa también lo tienen que recibir.
Begoña: Desde luego no podemos hacer dejación de esa función tan importante. Vamos a ir, si te parece, Escarlata, recogiendo y repasando algunos de esos delitos que también aparecen en la guía “Collects”, la estafa informática. Dicen las fuerzas de seguridad del Estado que cada vez son más frecuentes y que reciben un gran número de denuncias de este tipo de estafas. ¿A qué nos referimos cuando hablamos de estafas o delitos informáticos? El campo es casi infinito ¿no?
Escarlata: Sí, el campo es muy amplio porque tenemos la típica estafa que, valiéndose de alguna manipulación informática, consigue una transferencia desde tu cuenta. Por ejemplo, en un caso, estoy hablando de manera bastante general para que se me entienda. Entonces, esa es un poco la típica pero cada vez hay más, aunque los bancos tienen sistemas de validación, etcétera, pero han aumentado mucho, especialmente con la COVID. Yo creo que sería el delito informático por antonomasia y es el que tiene más impunidad. Además, muchas veces el banco te devuelve el dinero. Por ejemplo, tuve unos cargos no autorizados en mi tarjeta, lo puse en conocimiento del banco, me lo devolvieron y no puse denuncia porque no me lo exigían. Entonces, ¿para qué voy a perder el tiempo si sé que es muy difícil encontrar al autor? Entonces ellos tienen un grado de impunidad brutal.
Begoña: Perdona, Escarlata, pero ¿por qué los bancos devuelven el dinero directamente y no se va más allá en algunas ocasiones?
Escarlata: Bueno, depende. No siempre. He conocido otros casos en los que el banco no devuelve el dinero, debido a la política que tienen ellos. Es verdad que en determinados casos los hacen responsables, subsidiarios o incluso no subsidiarios, generalmente si no han tenido sistemas de doble validación, etcétera, para intentar evitarlo. Pero no siempre, he conocido otros casos, y hace no mucho he conocido otro en el que el banco no quería devolverlo y están intentando la investigación judicial, que es muy difícil, pero en muchas ocasiones los bancos sí lo van cubriendo. Yo creo, esto ya es más por motivos económicos, aparte de que eventualmente podrían resultar condenados como responsables subsidiarios. Pero aparte de eso, sería para mantener el tráfico jurídico, porque sino nadie ya compraría, esa es mi opinión. Pero no es de jurista. Si hacemos esto y no tenemos una respuesta, ya me quito las tarjetas y ya veré cómo, entre comillas, al final acabaría el negocio digital en gran medida, eso creo que es por eso. Esto sí que estoy hablando de un tema que no es propiamente mío.
Begoña: Sí, sí.
Escarlata: Pero es verdad que eso provoca, junto con las dificultades que enfrenta el autor, que muchos ni siquiera se denuncian. Además de los que se denuncian, hay muchos que no hay manera de encontrar o es muy complicado encontrar al autor, o son cantidades muy bajas que son constitutivas de delito leve, lo cual ya limita las posibilidades y medidas de investigación por la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal. Es decir, no porque no se quiera o no se pueda, pero claro, hay muchos que al final consiguen mucho dinero. Entonces, esa es una modalidad que es la prototípica. Luego hay otra que también viene recogida. No es exactamente lo mismo, pero que denominamos «phishing», de pescar. Hay muchos términos que se usan en inglés, donde se mandan esos correos electrónicos que simulan ser verdaderos, de empresas o organismos públicos, y te solicitan que pinches en un enlace y des una serie de datos, que intentan pescar con engaño para luego usarlos en transferencias inconsentidas de dinero desde tu cuenta o tarjeta, etcétera. Y muchas veces están muy bien hechos, es fácil caer en ellos, no es un tema de falta de astucia, cualquier persona, yo misma, podría picar en esos casos. Es otra modalidad que también se está viendo bastante ya desde hace tiempo, pero podemos decir que últimamente más. Y luego la tercera, que también lo consideramos una modalidad de “phishing” y lo castigamos como blanqueo imprudente son esos contratos supuestos que te vienen, “¿Quiere trabajar y ganar 500€ por tal?” Y lo que hacen es que te envían una transferencia de dinero y tienes que hacer otra transferencia a otra cuenta. Pues eso ya lo ha dicho la jurisprudencia que eso es un delito de blanqueo de capitales imprudente, porque tu ya tienes que saber que nadie te va a regalar 500€, es muy probable que ese dinero sea ilícito, que es el que sacan de las estafas estas previas y consiguen blanquear de esta manera. Es muy probable y debes tener una persona que debe tener un conocimiento que eso tiene que venir de un origen ilícito porque nadie te paga 500€ o 600€ por hacer una transferencia de una cuenta a otra. Esa es una tercera modalidad que también la estamos viendo bastante, ya desde hace tiempo pero podemos decir que últimamente cada vez más.
Begoña: ¿Y tú qué nos recomendarías cuando vemos que podemos ser víctimas de una estafa de estas características, que lo denunciemos?
Escarlata: Yo sí que lo recomiendo, pero es cierto, es una realidad que yo cuando el Banco me devuelve el dinero, cuando no hay de dónde tirar y no es muchísimo dinero, yo fui la primera que no lo denuncié porque el Banco no me lo exigía. Ellos me lo devolvieron y en principio no lo exigían. Lo que se debe hacer, y en ocasiones el Banco nos lo devuelve. Eso fue porque yo conocí otros casos en los que no lo han devuelto, y depende de la entidad. Sí que desde luego poner la correspondiente denuncia y que se intenten investigar estos hechos es complicado, pero sobre todo si son cantidades importantes. Sin duda, la mía no superaba. No recuerdo cuánto era, quizás 200 euros. Que eso siempre es delito leve, pero desde luego, cuando son cantidades más importantes que superan los 400 euros, que ya es un delito menos grave, sí que hay que denunciarlo.
Begoña: Escarlata, ¿los adolescentes también son víctimas de estafas a través de la red?
Escarlata: Sí, lo que pasa es que los adolescentes en principio, deberían tener más limitado ese acceso a tarjetas de crédito, pero claro que pueden serlo, si cogen una tarjeta de uno de sus padres o algo parecido. Además, en principio son un colectivo más vulnerable por la edad, porque quizás tienen menos experiencia. Pero es verdad que hemos tenido diversas estafas en las que se contactaba con el menor y aunque luego, sobre todo, las víctimas eran de casos en los que en páginas de ofertas, contactaban para comprar algo, hacían la transferencia de dinero y nunca se llegaba a entregar el producto. Y esos casos los he tenido con varios con menores de edad. El dinero luego era de los progenitores, que por supuesto acudían al juicio, pero sí que se había realizado toda la maniobra de engaño con el menor de edad, que en mi opinión es más fácil, y yo en esos casos siempre pido mayor pena por mayor gravedad de los hechos, porque la víctima era menor de edad.
Begoña: Escarlata, ¿qué es el delito de daños informáticos? ¿De qué estamos hablando cuando decimos delito de daños informáticos?
Escarlata: Este delito afecta más a las empresas que a los particulares, pero sería aquel en el que se entra en un sistema informático y se destruyen o se alteran archivos. Lo que se está haciendo con las empresas es una amenaza, entrando en sus sistemas, cogiendo archivos y diciendo que no se recuperarán hasta que se haga una transferencia de dinero. Muchas empresas no denuncian porque les supone un problema de credibilidad, seguridad y marketing, afectándoles negativamente en su facturación y reputación. Además de todo lo que les está suponiendo. Uniendo entonces esto que cada vez se está haciendo más, ahí se ha metido una parte que está dentro de los delitos contra la intimidad cuando se alteran ficheros, bueno, y otra parte está propiamente con los daños, pero viene a ser, el destruir, entrar en un sistema informático para destruir archivos, etcétera, que estén en el mismo.
Begoña: Vamos con una serie de delitos que sí afectan en gran medida a los adolescentes, aunque también a gente en edad adulta. Hablamos, por ejemplo, del delito de stalking, ese acoso reiterado hacia una persona de manera insistente. ¿Cómo se detecta, cómo se trata, cómo se enjuicia, cómo se castiga este delito?
Escarlata: Este delito de stalking, introducido en 2015 en el artículo 172 ter. Del Código Penal, castiga a aquel, que de manera reiterada, lleve a cabo conductas sobre una víctima, alterando gravemente su vida, como perseguirla o acosarla o insistir a través de medios informáticos. Es cierto que esto muchas veces va relacionado con parejas o exparejas, pero no necesariamente. Entonces sí que es interesante que se metió en el Código Penal expresamente porque antes era muy difícil encuadrarlo en otro tipo porque a veces se puede insultar, amenazar, pegar en esos acercamientos, pero otras veces no, es simplemente seguir en el trabajo, luego llamar 40 veces en un día sin que te respondan. O sea, es una serie de conductas que alteran gravemente la vida cotidiana y tienen que haber una grave alteración de la vida, de la de la persona, de la víctima, de la persona perjudicada. Sí que es verdad que la jurisprudencia ha dicho que, en principio, esa grave alteración, alguna sentencia reciente, esa grave alteración de la vida de la víctima, la podemos deducir de todos los actos de acoso, etcétera. Es decir, si la llamo 50 veces por la noche, le mando 200 Whatsapp y la persigo al trabajo y a donde va, ya deduzco que eso le ha supuesto una grave alteración en la vida de la víctima. Y es verdad que en esto en algunas ocasiones los menores son también víctimas e imagino que autores. Y digo imagino, porque los delitos en los que los menores son autores lo lleva la Fiscalía de menores, que yo no estoy en la Fiscalía de menores, pero cuando los comete un mayor de edad y un menor es víctima, sí que sí que lo llevamos nosotros. Estos delitos están castigados con pena de prisión de 3 meses a 2 años, o sea que tienen pena de prisión o bien multa de 6 a 24 meses, pero que tiene una pena con cierta gravedad.
Begoña: Y sí que nos centramos ahora en los menores porque hablamos del delito de child grooming, ese acoso sexual hacia menores por parte de adultos utilizando Internet y las redes sociales. Aquí sí que tenemos que estar muy alerta y hay un problema importante con este child grooming, ¿no?
Escarlata: Sí, exactamente, esto también viene de intentar pescar, captar a menores. Hay dos modalidades, una es contactar con un menor para tener un encuentro, y la otra, que también se está aplicando bastante, es bueno, tener contacto con un menor y solicitarle que te mande fotografías de carácter íntimo. Este caso ocurre relativamente bastante porque en diversos foros, grupos o incluso redes sociales, como Instagram, mandando mensajes privados, el autor mayor de edad se hace pasar muchas veces por un menor de edad, por otra mujer o por un chico joven menor de edad. Entonces, a raíz de ahí, empiezan a ligar y luego acaban pidiendo esas fotografías. A veces hay un paso más, porque ya teniendo las primeras fotografías se le puede amenazar o intimidar para que si no le manda más se revelen. Eso ya se ha dicho por una sentencia reciente que sería agresión sexual cometida a través de Internet o de medios telemáticos, pero se intimida para provocar un comportamiento sexual, que no solamente es agresión sexual, si yo toco a alguien empleando intimidación, sino también si le hago tocarse, con ese contenido sexual, eso sería ya un paso más. Pero el paso previo solo de solicitar esas fotografías que mande un menor de edad ya es ese delito de child grooming en el 183 del Código Penal, y eso sí que se nos da bastante con víctimas. Yo lo sé, que lo hemos tenido con mayores de edad, el autor y con víctimas. Bueno, con víctimas menores de edad y eso sí que es bastante preocupante y ahí sí que juega un papel, sin duda, nosotros, bueno, prevenimos lo que podemos, pero estamos ya en el momento en que el delito se ha cometido. Eso sí que juega un papel preventivo muy importante la educación a los hijos, que tampoco tiene que ser completamente no mandar nunca ninguna fotografía. O sea, no es tampoco una cosa así, pero sí que el de ver los peligros que se puede tener, de intentar validar de diferentes maneras la identidad de la persona antes de, porque claro, las redes eso es lo que tiene, que permite ese anonimato que se diluye, y ya no el anonimato, sino la identidad fingida, hacerte pasar por otra persona. Qué es lo que muchas veces ocurre para engañar y conseguir esas fotografías.
Begoña: Claro, pero eso fíjate que es algo que se me ocurre, que es prácticamente imposible de solventar, esa posibilidad de que algo sea anónimo o sean identidades fingidas. Ahí, como dices, es la educación y el tener alertas puestas.
Escarlata: Claro, tener alertas y tener precaución hasta, por ejemplo, no conozcas en persona a alguien. Hasta que no quedes de una, o sea, por supuesto, puedes hablar, pero si quieres tener primero más intimidad, que yo no estoy diciendo que no se pueda tener, o sea mi ni nunca ha sido mi discurso que una mujer o hombre no pueda enviar una foto de contenido íntimo. Eso depende de la libertad de cada uno, pero la y luego, desde luego lo que no se puede hacer es reenviar. Eso es lo que es delito. Hay que poner el foco ahí, no el foco en quien lo envía, oye cada uno, en el ejercicio de su libertad, hace lo que considera oportuno, ¿no? Y a su intimidad y la comparte con quien considera oportuno, pero si de algo puede servir, tener esa prevención y sobre todo en menores de edad, si quieres pasar un grado más de intimidad, pues a lo mejor primero conocer a la persona en un sitio público, por supuesto, a ver si va a ser peor el remedio que la enfermedad. En un sitio público para cerciorarte Pues eso de que es una persona lo que está, lo que está diciendo, porque hemos tenido muchísimos casos de hacerse pasar por el autor de un chico o incluso chica de 14 años, de 15 años y ser un señor de 50 y tantos, que era que, pero muchos, muchos. Entonces por lo menos ir pasando esos filtros, esos, porque si se le dice a un menor que no haga algo, se le prohíba lo que no va a hacer es caso, o sea, eso está clarísimo. Entonces, si se le puede dar alguna idea, decir sí, sí, bueno, eso ya se verá, pero por lo menos intenta cerciorarte de alguna manera de que es esa persona.
Begoña: Me parece muy importante este cambio de discursos, Escarlata, porque hasta hace relativamente poco. Se decía, no, esto no hay que hacerlo y se criminalizaba incluso a quien había mandado una foto, porque cómo se le ocurre hacer eso. Jamás hay que hacerlo. Entra dentro de la libertad de cada uno, es saber hacerlo, saber cómo hacerlo y tomar estas precauciones, pero no estamos hablando de que tendrás prohibido, será la culpa tuya si te pasa algo. Es muy importante ese cambio.
Escarlata: Claro, sí. Yo siempre he tenido ese discurso porque primero yo soy de la generación millennial que ya tuve móvil con 13 años, no Internet, pero ya tenía móvil de mensajes a los 13 años. Entonces, yo me he criado mucho con la tecnología. Y luego, por otra parte, creo que también es un punto de perspectiva de género, no culpar a la víctima, que suele ser mujer. Si esa persona lo reenvía, el problema lo va a tener esa persona. Solo faltaba echar siempre la culpa a la víctima, generalmente a la víctima mujer. Y en el caso de y a una mujer, si alguien me pide un consejo, pero una mujer mayor de edad o hombre, yo no le voy a explicar, pero desde luego los menores de edad que todavía están formando su personalidad, que no tienen la misma experiencia en la vida, aunque sepan manejar el móvil mejor que nosotros eso al final no es experiencia en la vida, no nos equivoquemos. Y la experiencia de gente que engaña, que finge lo que no es, se va adquiriendo y todos lo hemos adquirido con el tiempo, sin redes y con redes. Entonces, eso se lo tenemos que intentar transmitir nosotros y desde luego prohibir a mí es que no me gusta, pero es que aparte yo soy usuaria y lo he sido de estas tecnologías, ¿cómo se lo voy a prohibir a mis hijos? Sería surrealista. Creo que la idea es educar, limitar por supuesto el tiempo de uso, pero prohibir no vas a conseguir nada. De hecho, he tenido casos de menores víctimas que mandaban fotografías a diferentes, además, autores mayores de edad. Y los padres que ya le habían pillado previamente lo decían en la denuncia, le quitaron el móvil, no tenía ni móvil y lo hacía a través del móvil de una amiga y de la cuenta de que se ponía en el móvil de una amiga. O sea, que incluso en ese caso vamos, si alguien lo quiere hacer o no vamos a poder ni aún prohibiendo completamente los teléfonos móviles, hay que educar e insistir en eso.
Begoña: Sí, estábamos hablando del child grooming, pero muchas de las cosas que has dicho, Escarlata, nos sirven también para hablar del sexting, ¿no?
Escarlata: Sí, ese es el que estaba hablando precisamente el 197.7 que se introdujo en 2015, habida cuenta de lo sonado que fue un caso, el de Olvido Hormigos, y que se vio que estos hechos no encajaban en ningún tipo porque no encajaban en el Código Penal. Pero se entendió la necesidad y yo lo comparto, de que estén castigados penalmente, porque también son un atentado a la intimidad. Y lo que tiene de característico frente al resto de delitos contra la intimidad es que esa fotografía la has tenido con el consentimiento de la persona, pero esa persona no te da ningún tipo de consentimiento para que lo reenvíes. Entonces ahí es donde se castiga,esto cada vez ocurre más. Yo tampoco he visto especialmente denunciar, pero por lo que puedo oír o alguna sentencia que leo. Es verdad que cada vez es más frecuente, pues por tener tan implantadas las redes sociales es cierto que las relaciones humanas y muchas veces de pareja, y ya no digo en el confinamiento, se realizan a través de estos instrumentos y entonces, pues cada vez se mandan más fotografías de este tipo. Vamos, esto lo imagino yo por sentido común, no he cogido una estadística entonces, claro, en un momento a lo mejor de ruptura, no siempre, pero suele ser en momentos de ruptura para intentar amenazar o extorsionar, por decirlo de alguna manera, a la otra persona o como venganza se difunden esas imágenes entonces. Entonces, pues esto tiene reproche y es lo que hemos dicho. No hay que penalizar a la víctima que oye, cada uno sabrá. Además, hay una sentencia del Supremo que lo dice expresamente, que no se puede castigar a la víctima, que ha querido compartir la intimidad con quien ha querido, para que luego eso tenga que verlo y ser expuesta a todo el mundo.
Begoña: Sin duda, los adolescentes, ellos y ellas cometen también este tipo de delitos. ¿Cuáles son los más frecuentes como víctimas y como victimarios?
Escarlata: Sí, o sea, de los que ellos cometen. Te digo con sinceridad y franqueza que no puedo decirlo, porque nosotros no estamos en Fiscalía de Menores, eso lo llevan los fiscales de menores, de los que ellos son víctimas, que eso sí que lo conozco bien porque son los cometen mayores de edad y son víctimas ellos. Los que más he visto relacionados con este tema con delitos informáticos son las estafas, la modalidad esta que hemos dicho sobre todo de anuncios de venta de cosas y que luego se hace esa transferencia y luego no hay este envío. Esto ha pasado bastante, yo lo he visto bastante con víctimas menores de edad y luego esos que atentan a la libertad o indemnidad en el caso de menor sexual, sobre todo en ese punto del el 197.7, no, que ese lo he visto, no lo recuerdo con víctima ni menor ni mayor de edad, porque además es un delito que yo estudio bastante, iba a decir me gusta mucho que esto queda muy friki, pero es un delito que yo he estudiado bastante y estoy muy pendiente de ese delito y ese yo creo que no lo he visto, pero el 183 el child Grooming que hemos llamado, ese apartado segundo, ese lo he visto bastante con víctimas menores de edad también, incluso ya unido a esas amenazas, lo que podría ser el agresión sexual demanda si no me mandas más, y muchas veces no denuncian, pues por miedo, vergüenza, sentimiento de culpabilidad, etcétera, hasta que a lo mejor ya están en una situación de tal ansiedad o tal estrés que, bueno, muchas veces se le notan los padres. Y les preguntan, o les cogen el móvil tal o ya incluso ellos no aguantan más. También he visto bastantes de esos. Esos serían los dos tipos que más he podido ver en el caso de víctimas menores de edad, stalking lo he visto menos. También diría de esos dos, sobre todo.
Begoña: Oye, ya hemos apuntado también algunas formas de prevención, el papel de las familias y los educadores en todo este tipo de delitos me parece que es fundamental, sobre todo que está muy bien. Que gente como Escarlata nos haga hilos nos enseñe porque aprendemos muchísimo contigo. Pero las familias son fundamentales. Casi casi más, diría yo que el centro escolar, la primera forma de pararlo tiene que ser la familia.
Escarlata: Sí, sí, sin duda, la primera forma como hemos dicho, por mucho que sepas manejar tecnológicamente un teléfono, no conocen todos los riesgos, las implicaciones, pues como el que sabe manejar un coche no tiene que saber conducir, si no estudiar las señales no aprendes. Entonces aquí es verdad que hay ese papel importante y cada vez más de educación digital. ¿Qué problema veo yo? primero por lo que veo de familias, de entornos, no porque haya visto una estadística oficial pero lo que yo he podido ver, que muchas personas, más mayores que yo, yo tengo 36. Es un poco más mayores, pero a lo mejor de mi edad, pero un poquito más. Criminalizan o que no utilizan las redes, las criminalizan ya en sí mismas. O sea, es verdad que tienen cosas malas, pero Internet y las redes también tienen cosas buenas. Entonces ya están completamente sugestionados y las criminalizan. ¿Y entonces casi es una prohibición absoluta, ¿no? Y luego los que no están en ese punto de prohibición absoluta o muy limitada, a lo mejor no las criminalizan, no están en un punto tan radical, pero tampoco conocen bien porque no las utilicen o no los tal, tampoco conocen bien o porque no están metidos en esto. Normalmente yo aparte es que estoy metida en el pues me gustan, pero aparte es que en el trabajo veo muchas cosas. Una persona normal que trabaje en otra cosa no es que yo sea normal, pero una persona que trabaje en otra cosa no está acostumbrado a ver tantas cosas, tantas artimañas. Entonces, a lo mejor no es consciente, tampoco, ellos mismos, ni del funcionamiento ni a lo mejor de los peligros. Entonces yo creo que intentar informarse. Hay muchos libros. Hay un libro de Laura Davara que es la guía, una guía definitiva sobre las redes sociales que es muy interesante. Hay diversos libros que los padres a lo mejor pueden echarles un ojo, aparte del que yo tengo, por supuesto, pero es verdad que hay otros que son de lenguaje menos técnico, más divulgativo. Y puede ayudar pues, a entender las redes algún riesgo por saber si tampoco hay que ser un experto, pero cuatro o 5 ideas intentar sentarse con los menores no sabría a partir de qué edad, pues a partir de la edad que le dejemos un poco un dispositivo con acceso a Internet, aunque sea en horas limitadas, ¿no? Pues en esos momentos que yo siempre pregunto, a partir de qué haces y nunca termino de descubrir un dato fidedigno, supuestamente las redes sociales no las pueden utilizar antes de 14, pero pueden mentir con la edad muy fácilmente porque no hay ninguna verificación, eso lo sabemos todos entonces cuando ya se les dé esta herramienta que el el propio padre se lo da porque el menor no tiene ningún tipo de independencia económica. Ni nada. Es ahí cuando tiene que intentar hacer un esfuerzo por explicar tampoco aturullar, pero hombre, explicar un poco las ideas más importantes y los riesgos más importantes.
Begoña: Sin duda, eso e invitarles a que ya que están en las redes le sigan a Escarlata Gutiérrez Mayo, porque van a aprender mucho y si no le siguen sus hijos, que le sigan los adultos para aprender y poder trasladarlo también, ¿no?
Escarlata: Y vosotros también, que también hacéis una labor muy interesante.
Begoña: Y es muy interesante que hayas estado hoy en nuestro podcast en este episodio de educación, ciudadanía y bienestar digital. Porque hemos aprendido mucho y lo dicho, invitamos a quienes nos están escuchando a que te sigan a través de Instagram, a través de Twitter, que sigan tus hilos. Porque como decíamos, aprendemos mucho cada día, leyendo a la fiscal adjunta a las secciones contra la criminalidad informática de la Fiscalía Provincial de Ciudad Real, que hoy ha sido nuestra invitada. Te lo agradecemos muchísimo. Escarlata Gutiérrez Mayo y ojalá nos encontremos pronto en algún lugar. Gracias. Un abrazo.
Escarlata: Muchas gracias, Begoña, gracias a vosotros. Un abrazo fuerte.
Educación, ciudadanía y bienestar digital, un podcast de PantallasAmigas, presentado por Begoña Beristaín.